El derecho de propiedad comprende tres derechos:
Al ser la propiedad un derecho real participa de sus características esenciales que son:
Es de suma importancia recalcar que la propiedad como cualquier otro derecho real, para que surta efectos contra terceros, debe estar inscrito en el Registro Público de la Propiedad, de lo contrario el derecho del propietario no es oponible a los terceros, ni tampoco goza de los derechos de persecución y de preferencia.
En la materia de los derechos reales no se aplica el principio de “primero en tiempo, primero en derecho” sino “primero en registro, primero en derecho”.